Publicación del «tercer borrador revisado» en el marco de la negociación del Grupo de trabajo intergubernamental a composición abierta sobre la elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas transnacionales (ETN) y otras empresas en materia de derechos humanos.
La Campaña Global para Reivindicar la Soberanía de los Pueblos, Desmantelar el Poder Corporativo y Poner fin a la Impunidad (Campaña Global) toma nota de la publicación del tercer borrador revisado del tratado vinculante, publicado el 17 de agosto de 2021, la cual se encaja en el proceso de negociación iniciado en 2014 con la adopción por el Consejo de derechos humanos de la Resolución 26/9. La publicación de este nuevo borrador emerge de los debates realizados durante la 6ª sesión de negociación de octubre 2020 y del proceso de las Matrices de febrero 2021, tal como fue decidido al final de dicha sesión.
Nos preocupa profundamente el continuo vaciamiento de contenidos clave, es decir, contenidos que las organizaciones sociales y las comunidades afectadas consideran críticos. Compartimos aquí nuestras primeras impresiones sobre el nuevo borrador y planteamos algunas cuestiones de procedimiento relativas a la negociación de los sucesivos «borradores».
Aunque observamos algunos cambios positivos en el tercer proyecto revisado, se trata en su mayoría de cambios cosméticos, retóricos y no de fondo. Estos cambios superficiales quieren aumentar la legitimidad del texto propuesto pero realmente fallan en solucionar los problemas estructurales señalados por los movimientos sociales y las comunidades afectadas.
Un cambio de rumbo a nivel de contenido y de procedimiento es necesario para cumplir con los objetivos explicitados en la Resolución 26/9 y para responder a las necesidades de las comunidades que sufren de las violaciones de derechos humanos. No es aceptable que se omitan las innumerables propuestas para mejorar el borrador presentadas a lo largo de las sesiones de negociación por los representantes de las comunidades afectadas, los movimientos sociales, e igualmente por muchos expertos y Estados. El tercer borrador revisado es en su mayor parte similar al anterior, a pesar del elevado número de propuestas concretas que se hicieron para mejorarlo, lo que nos da la sensación de un año perdido.
Además, la metodología utilizada para revisar el borrador a partir de las aportaciones de los Estados y las organizaciones de la sociedad civil debe ser más transparente. Apreciamos los esfuerzos de síntesis y mediación del presidente relator ecuatoriano. Sin embargo, la negociación ha alcanzado un punto de madurez que requiere un proceso de negociación impulsado por los miembros, abierto y transparente, facilitado por el presidente relator. Esto debe asegurar que las voces de la sociedad civil y de las comunidades afectadas sean escuchadas y tomadas en consideración, incluyendo las diversas propuestas de lenguaje entre paréntesis durante la sesión de negociación. El objetivo de la sesión debe ser conseguir un nuevo borrador de propuesta del Grupo de trabajo y no sólo de la Presidencia. Para ser verdadera actriz del proceso, la sociedad civil debe tener voz e influencia.
En términos de contenido, constatamos una vez más que, siguiendo la línea presentada en los borradores anteriores publicados por la Presidencia después de un Documento de elementos robusto en 2017, y a pesar de algunos elementos positivos, el nuevo borrador sigue presentando un instrumento poco eficaz y “sin dientes”. Constatamos igualmente el uso de conceptos vagos, indeterminados, incluso no legales, que pueden comprometer la interpretación y aplicación futura de artículos claves.
En el estado actual, el instrumento sería incapaz de cumplir con los objetivos establecidos por la Resolución 26/9: regular las actividades de las empresas transnacionales en el marco del derecho internacional de los derechos humanos (para prevenir las violaciones de derechos humanos de las ETNs y poner fin a la impunidad corporativa) y asegurar un acceso eficaz e integral a la justicia por las personas, pueblos y comunidades afectadas. Asimismo, el contenido actual no permitiría colmar los vacíos jurídicos existentes que justamente permiten a las ETNs violar los derechos humanos sin responder de sus actos delante de la justicia. Sin disposiciones innovadoras y ambiciosas, el futuro tratado arriesgará ser un nuevo instrumento fútil, alineándose a los diferentes marcos voluntarios los cuales ya han demostrado su ineficiencia.
El nuevo texto sigue la lógica centrada exclusivamente en las obligaciones de los Estados, sin establecer obligaciones directas para las empresas transnacionales, necesarias para poder responsabilizarlas directamente cuando provocan violaciones de los derechos humanos. Nos preocupa igualmente que se mantenga la ampliación del ámbito de aplicación a todas las empresas comerciales, incluso las pequeñas y medianas, diluyendo la razón de ser del tratado vinculante y los propósitos de la Resolución 26/9 (abordar los obstáculos que impiden que la responsabilización de las ETNs), la cual se refiere claramente a las empresas transnacionales y otras empresas comerciales “con actividad transnacional”.
Además, el ámbito de aplicación de la prevención y de la responsabilidad jurídica de las ETNs se centra en disposiciones débiles y vinculadas a la diligencia debida, un concepto limitado de por sí. En otras palabras, se está dejando la puerta abierta para que las ETNs escapen de la responsabilidad desde el momento que cumplan con el proceso de diligencia debida.
Resaltamos también la falta de reafirmación inequívoca de la primacía de los derechos humanos sobre los acuerdos comerciales, la ausencia de mecanismos internacionales de aplicación y control (incluido un tribunal internacional) que garanticen la implementación efectiva del futuro tratado, o todavía las varias lagunas restantes en términos de inclusión y definición de las cadenas globales de valor, pilares de la arquitectura de la impunidad corporativa transnacional.
A estas alturas parece evidente que la Presidencia del Grupo de trabajo esté encaminando el proceso hacia la elaboración de un tratado vaciado de su foco y alcance en las ETNs, con dispositivos genéricos dependientes de la capacitad y de la voluntad política de los Estados, y en línea con la autorregulación empresarial: un guion que acomoda los pedidos y los intereses del sector corporativo y de sus aliados políticos.
Dicho esto, la Campaña Global continuará su firme compromiso en las negociaciones en vista de elaborar un verdadero tratado vinculante digno de su nombre y capaz de constituir un baluarte contra el poder de entidades transnacionales que pretenden ser los motores de nuestras economías mientras que violan los derechos humanos y destruyen la naturaleza en impunidad. En línea con estos compromisos, la Campaña Global se opondrá, siempre y cuando sea necesario, a la adopción de un tratado vaciado débil que arriesgaría ser una “trampa normativa” cerrando la puerta a reformas verdaderamente efectivas en los años a venir.
Contacto:
Júlia García, facilitation@stopcorporateimpunity.org
Raffaele Morgantini, contact@cetim.ch